INFORMACIÓN SOBRE DEDUCCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL EN LA DECLARACIÓN DE IRPF
EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA (Haciendas Forales)
NO ES DEDUCIBLE. Las cuotas de colegiación no son deducibles en la Comunidad Autónoma Vasca.
Los tres territorios históricos, Araba (Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre), Bizkaia (NORMA FORAL 13/2013, de 5 de diciembre) y Gipuzkoa (NORMA FORAL 3/2014, de 17 de enero) comparten una lista cerrada de gastos deducibles por rendimientos del trabajo, entre los que no se inlcuyen las cuotas abonadas a los colegios profesionales.
EN EL RESTO DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
SI ES DEDUCIBLE. Según la normativa vigente (RD Legislativo 3/2004, de 5 de marzo de 2004, sobre la Renta de las Personas Físicas, Artículo 18 apartado d)) serán deducibles "Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca".
Por lo tanto, las cuotas se pueden deducir en el apartado "Gastos deducibles" de los "Rendimientos del Trabajo" (Casilla 013).